La facturación entre empresas y autónomos en España está a punto de vivir un cambio radical con la entrada en vigor de la ley Crea y Crece y del reglamento Verifactu (ley antifraude).
En el contexto del plan de la Unión Europea para el fomento de la facturación electrónica, el Gobierno de España ha promulgado recientemente varias reformas para promover la digitalización de profesionales y empresarios. Se trata de la ley Crea y Crece y del reglamento Verifactu.
Estos cambios legislativos se han ideado para abordar la transparencia en el ámbito fiscal y empresarial, y tienen un impacto directo en cómo gestionan las empresas sus procesos. En este artículo, os explicamos brevemente en qué consisten cada una de las reformas y las implicaciones que tienen.
Contenidos
1. Reglamento Verifactu
La Ley 11/2021, conocida coloquialmente como ley antifraude, entró en vigor el 11 en octubre de 2021. Tiene por objeto promover medidas para evitar que las empresas y los profesionales manipulen sus datos contables o lleven una doble contabilidad («cobros en B»). Para ello, se obliga a las empresas a mantener un registro inalterable de sus transacciones mediante programas informáticos trazables.
El reglamento Verifactu, publicado en el BOE en diciembre de 2023, surge en el marco de esta ley. En esta norma, se definen los requisitos y las especificaciones técnicas concretas que las empresas deben seguir para emitir facturas electrónicas inalterables.
La palabra Verifactu viene de ‘sistemas de emisión de facturas verificables’, es decir, programas electrónicos de gestión, facturación o contabilidad que garantizan la «integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros».
Además de emitir facturas inalterables, muchas de estas herramientas están en comunicación constante con la Agencia Tributaria y le envían los registros automáticamente. No obstante, esta conexión directa no es obligatoria, por lo que no todas las plataformas de facturación y gestión remiten las facturas de forma automática a Hacienda. En ese caso, sin embargo, las empresas tienen la obligación legal de almacenar los registros para ponerlos a disposición de la Agencia Tributaria cuando se los requiera.
El objetivo es combatir la evasión fiscal: al disponer de información digitalizada, la Administración podrá realizar inspecciones y auditorías más rápida y fácilmente. Para el emisor de la factura, este sistema reduce el papeleo y simplifica la presentación de los modelos tributarios.
¿Qué datos envían los sistemas Verifactu a Hacienda?
El registro incluye:
- Identificación fiscal (NIF), nombre completo o razón social del emisor y del receptor (excepto en facturas simplificadas), e indicación de si la factura fue emitida por un tercero.
- Número y serie de la factura, fecha de emisión, fecha de pago anticipado y tipo de factura (completa o simplificada).
- En caso de ser una factura rectificativa o sustitutiva, información sobre la factura original.
- Descripción de las operaciones.
- Importes desglosados (base imponible, importe total, retenciones) y regímenes fiscales aplicados.
- Códigos de identificación del programa informático y del registro de alta.
- Fecha, hora, minuto y segundo de generación del registro de facturación.
- Código QR (con los datos clave de la factura y que permita identificarla fácilmente) y código identificativo alfanumérico.
Además, en el encabezamiento de la factura, debe figurar la expresión «Veri*Factu».
¿A quién afecta el reglamento Verifactu?
A todas las empresas y autónomos que emitan factura y tengan sede en el territorio nacional. También a quienes desarrollan y comercializan software de facturación.
Excepciones:
- Empresas que facturan más de 6 millones anuales (obligadas al SII o suministro inmediato de información del IVA).
- Canarias, Ceuta y Melilla: Su normativa específica presenta algunas particularidades.
- País Vasco y Navarra: Ya se aplican los sistemas conocidos como TicketBAI.
- Algunos supuestos del régimen de agricultura, ganadería y pesca.
¿Qué tienes que hacer exactamente para cumplir con Verifactu?
Los obligados tributarios ya no podrán emitir facturas en Excel, Word ni PDF, sino que tendrán que usar una plataforma de facturación y gestión que esté certificada por Hacienda.
Plazos de implantación de Verifactu
La reforma entró en vigor el 11 de octubre de 2021, pero el reglamento no se aprobó hasta el 5 de diciembre de 2023. Las fechas límite para adaptarse a esta norma son las siguientes:
- Fabricantes de programas informáticos de facturación: antes del 5 de septiembre de 2024.
- Obligados tributarios (empresas y autónomos): a partir del 1 de julio de 2025.
Sanciones por incumplir el reglamento Verifactu
Las sanciones previstas serán de entre 50 000 y 150 000€:
- Para los desarrolladores y comercializadores de plataformas de gestión que permitan llevar una doble contabilidad, omitir facturas o evitar la trazabilidad, la multa será de 150 000 €.
- Para las empresas y los autónomos que utilicen software que no cumple la normativa, la multa será de 50 000 €.
Crece y del reglamento Verifactu (ley antifraude).
En el contexto del plan de la Unión Europea para el fomento de la facturación electrónica, el Gobierno de España ha promulgado recientemente varias reformas para promover la digitalización de profesionales y empresarios. Se trata de la ley Crea y Crece y del reglamento Verifactu.
Estos cambios legislativos se han ideado para abordar la transparencia en el ámbito fiscal y empresarial, y tienen un impacto directo en cómo gestionan las empresas sus procesos. En este artículo, os explicamos brevemente en qué consisten cada una de las reformas y las implicaciones que tienen.
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2. Ley Crea y Crece
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como ley Crea y Crece, es una de las reformas enviadas a Bruselas para la obtención de los fondos europeos Next Generation.
Con esta ley, se han incorporado medidas y flexibilizado normas anteriores a fin de impulsar la digitalización y dinamizar el tejido productivo agilizando trámites y requisitos para crear empresas. Entre los propósitos de la ley, están:
- Simplificar la creación de empresas y estimular su crecimiento.
- Abordar la morosidad empresarial.
- Facilitar la financiación empresarial.
Uno de los cambios más destacados es la digitalización en la emisión de facturas, contabilidad y gestión de impuestos, aunque la ley también introduce otras medidas importantes, como la regulación y supervisión de los plazos de pago a proveedores.
Veamos estas medidas:
1. Creación de una sociedad con 1 euro y en 24 h
Se podrá abrir una sociedad de responsabilidad limitada con un capital mínimo de 1 euro (en lugar de los 3000 que se debían aportar hasta ahora). Se espera que el abaratamiento de los costes de constitución fomente la creación de negocios y libere recursos para usos alternativos.
Además, se podrá constituir una sociedad de responsabilidad limitada en un plazo de 24 horas a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE).
2. Exención de licencia de actividad en más sectores
Una medida importante es la eliminación del requisito delicencia para una serie de actividades: se incorporan aquellas que al menos una comunidad autónoma ha considerado inocuas.
3. Nuevo marco para el ‘crowdfunding’
La nueva ley flexibiliza el régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa con el fin de potenciar los instrumentos alternativos, como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital de riesgo.
4. Lucha contra la morosidad
La norma añade el periodo medio de pago de una empresa como criterio para acceder a subvenciones y a la contratación pública, y señala que ninguna empresa con deudas pendientes —incluido con un proveedor— podrá acceder a una ayuda o contrato público.
El Gobierno también creará el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, entre cuyas funciones destaca la publicación anual de las empresas que hayan incumplido los plazos de pago.
5. Obligación de factura electrónica
La Ley Crea y Crece impone que «todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales».
Ley Crea y Crece y facturación electrónica
La obligación específica de facturar electrónicamente afecta a todas las empresas privadas y los trabajadores autónomos que trabajen con la Administración o con otras empresas y autónomos. Es decir, la ley Crea y Crece afectará a todas las operaciones de tipo B2B (business to business). En cambio, para las operaciones B2C, el PDF seguirá siendo válido.
¿Qué tengo que hacer exactamente para cumplir con Crea y Crece?
- En todas las operaciones entre empresarios y profesionales o con la Administración pública como destinataria, la factura deberá estar en un formato electrónico estructurado. Este formato tendrá una serie de requisitos técnicos:
- Emisión con un programa certificado por Hacienda
- Código QR y alfanumérico
- Garantía de integridad, inalterabilidad y trazabilidad
- Formato accesible
- Sello Verifactu
- En todas las operaciones entre empresarios y profesionales o con la Administración pública como destinataria, la factura deberá estar en un formato electrónico estructurado. Este formato tendrá una serie de requisitos técnicos:
- Dado que todos los empresarios y profesionales recibirán facturas electrónicas, deberán disponer de una herramienta que pueda leerlas. Durante el periodo de transición, las facturas estructuradas se deberán acompañar de un PDF para asegurar que las empresas que todavía no se hayan adaptado puedan leerlas.
- Los emisores y destinatarios de facturas electrónicas tendrán la responsabilidad de proporcionar información sobre si estado: si la han recibido, si está pagada o si se ha realizado un pago parcial.
Plazos para adaptarse a la ley Crea y Crece
La entrada en vigor de la facturación electrónica aún no está confirmada, ya que depende de la publicación del reglamento correspondiente, el cual todavía está en fase de consulta pública.
No obstante, se espera que, tras la aprobación del real decreto (previsto para el segundo trimestre de 2024), la implantación siga el orden siguiente, aproximadamente a partir del segundo trimestre de 2025:
- Empresas con facturación electrónica anual superior a 8 millones → 1 año después de la entrada en vigor del reglamento.
- Empresas y autónomos con facturación electrónica anual inferior a 8 millones → 2 años después de la entrada en vigor del reglamento.
- Autónomos y personas físicas → 3 años después de la entrada en vigor del reglamento.
Sanciones por incumplir la ley Crea y Crece
Las infracciones pueden acarrear sanciones que van desde un apercibimiento hasta multas de 10 000 euros.
En resumen
La implementación de la factura electrónica en España está programada para comenzar en 2024, aunque la mayoría de las empresas y profesionales no estarán sujetos a esta obligación hasta 2025 o más tarde.